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Messi a Luis Suárez: “No mereces que te echaran como lo hicieron”

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La mala relación entre Leo Messi y la directiva azulgrana es evidente. El delantero argentino ha despedido a Luis Suárez en las redes sociales y ha lanzado un dar al club: “Te merecías que te despida como lo que sos: uno de los jugadores más importantes de la historia del club, consiguiente cosas importantes tanto en lo grupal como individualmente. Y no que te echen como lo hicieron. Pero la verdad es que a estas alturas ya no me sorprende nada”.

Un ex alto funcionario de Correa es trasladado a prisión por el caso “Sobornos”

QUITO (EFE).- Un ex alto funcionario del Gobierno de Rafael Correa, Alexis Mera, fue trasladado este jueves a la prisión de Latacunga en cumplimiento de la sentencia dictada por la justicia ecuatoriana en el caso “Sobornos 2012-2016”, mientras se comienzan a ejecutoriar las penas contra cada uno de los veinte condenados.
Mera, exsecretario jurídico de la Presidencia, fue trasladado a primera hora de la tarde desde su residencia en Guayaquil con casco y chaleco antibala por una unidad del Grupo de Operaciones Especiales (GOE), y conducido por tierra al centro de privación de libertad de Latacunga, en la sierra andina, informaron distintos medios locales.
Al salir de su casa, donde cumplía hasta ahora arresto domiciliario, el exsecretario reivindicó su inocencia en declaraciones a periodistas que lo esperaban y dijo que era un perseguido político que iba a prisión con “honor” por sus “ideas”.
Mera fue condenado a ocho años de prisión como coautor de una trama de sobornos en el Palacio de Carondelet, sede de la Presidencia, para la financiación ilegal del partido Alianza País, cuando era encabezado por Correa, entonces jefe del Estado, que este niega tajantemente y atribuye a una persecución política.
Desde Bélgica, donde reside desde 2017, el exmandatario calificó “el Caso Bochornos” (en lugar de “Sobornos) como “una gran charada”, que sería “imposible en un Estado de Derecho”.
“La agresión contra Alexis Mera duele e indigna, demuestra la forma despiadada con la que el régimen ha brutalizado la política. !Resistiremos y venceremos!”, agregó.
Y aseguró que “Nunca han existido sobornos”, y que todo se trata de una persecución política para impedirle a él y a sus seguidores participar en las elecciones de 2021.
En la trama, que ha pasado toda las instancias judiciales del país y que, desde el miércoles, está en fase de ejecución de sentencia, fueron condenados veinte personas, entre ellas Correa y su entonces vicepresidente, Jorge Glas, que cumple condena en la misma prisión de Latacunga por otro caso de corrupción de la empresa brasileña Odebrecht.
La aplicación de la sentencia es llevada a cabo por un tribunal de primera instancia después de que el de Casación rechazara el último recurso de apelación el pasado 7.
Este miércoles, el juez Iván León, tras ratificar que el proceso se encuentra “ejecutoriado” o “en firme”, ordenó asimismo la localización y captura del expresidente, condenado a ocho años de prisión por cohecho, delito por el cual también perdió su derecho a participar en elecciones y su pensión como exjefe de Estado.
En respuesta a la ejecución de la sentencia y los obstáculos que han encontrado en el Consejo Nacional Electoral (CNE), varias decenas de vehículos con cientos de activistas del movimiento Revolución Ciudadana, “miles” según los organizadores, circularon este jueves por las calles de Quito en una marcha por la “Democracia y la participación”, hasta la sede del CNE.
“Ecuador defiende la democracia”, se leía en una de las pancartas de la marcha.
Para conseguir la repatriación de Correa, que tiene pendiente en su país un sin numero de investigaciones abiertas, Ecuador deberá apelar a la Interpol, que en el pasado ya rechazó una petición similar.
Además de Mera y Correa, la orden pesa contra su exvicepresidente Glas, María de los Angeles Duarte, Walter Solís, Vinicio Alvarado, Viviana Bonilla, Christian Viteri Alberto Hidalgo, Víctor Fontana, Edgar Salas, Ramiro Galarza, Bolívar Sánchez, Pedro Verduga, William Phillips, Leonardo Córdova, Teodoro Calle y Aateo Choi.
En cumplimiento de la orden, el Ministerio de Economía ha comenzado este jueves a tramitar la eliminación de la pensión vitalicia que recibían Correa y Glas, en calidad de exmandatarios.

Un ex alto funcionario de Correa es trasladado a prisión por el caso “Sobornos”

QUITO (EFE).- Un ex alto funcionario del Gobierno de Rafael Correa, Alexis Mera, fue trasladado este jueves a la prisión de Latacunga en cumplimiento de la sentencia dictada por la justicia ecuatoriana en el caso “Sobornos 2012-2016”, mientras se comienzan a ejecutoriar las penas contra cada uno de los veinte condenados.
Mera, exsecretario jurídico de la Presidencia, fue trasladado a primera hora de la tarde desde su residencia en Guayaquil con casco y chaleco antibala por una unidad del Grupo de Operaciones Especiales (GOE), y conducido por tierra al centro de privación de libertad de Latacunga, en la sierra andina, informaron distintos medios locales.
Al salir de su casa, donde cumplía hasta ahora arresto domiciliario, el exsecretario reivindicó su inocencia en declaraciones a periodistas que lo esperaban y dijo que era un perseguido político que iba a prisión con “honor” por sus “ideas”.
Mera fue condenado a ocho años de prisión como coautor de una trama de sobornos en el Palacio de Carondelet, sede de la Presidencia, para la financiación ilegal del partido Alianza País, cuando era encabezado por Correa, entonces jefe del Estado, que este niega tajantemente y atribuye a una persecución política.
Desde Bélgica, donde reside desde 2017, el exmandatario calificó “el Caso Bochornos” (en lugar de “Sobornos) como “una gran charada”, que sería “imposible en un Estado de Derecho”.
“La agresión contra Alexis Mera duele e indigna, demuestra la forma despiadada con la que el régimen ha brutalizado la política. !Resistiremos y venceremos!”, agregó.
Y aseguró que “Nunca han existido sobornos”, y que todo se trata de una persecución política para impedirle a él y a sus seguidores participar en las elecciones de 2021.
En la trama, que ha pasado toda las instancias judiciales del país y que, desde el miércoles, está en fase de ejecución de sentencia, fueron condenados veinte personas, entre ellas Correa y su entonces vicepresidente, Jorge Glas, que cumple condena en la misma prisión de Latacunga por otro caso de corrupción de la empresa brasileña Odebrecht.
La aplicación de la sentencia es llevada a cabo por un tribunal de primera instancia después de que el de Casación rechazara el último recurso de apelación el pasado 7.
Este miércoles, el juez Iván León, tras ratificar que el proceso se encuentra “ejecutoriado” o “en firme”, ordenó asimismo la localización y captura del expresidente, condenado a ocho años de prisión por cohecho, delito por el cual también perdió su derecho a participar en elecciones y su pensión como exjefe de Estado.
En respuesta a la ejecución de la sentencia y los obstáculos que han encontrado en el Consejo Nacional Electoral (CNE), varias decenas de vehículos con cientos de activistas del movimiento Revolución Ciudadana, “miles” según los organizadores, circularon este jueves por las calles de Quito en una marcha por la “Democracia y la participación”, hasta la sede del CNE.
“Ecuador defiende la democracia”, se leía en una de las pancartas de la marcha.
Para conseguir la repatriación de Correa, que tiene pendiente en su país un sin numero de investigaciones abiertas, Ecuador deberá apelar a la Interpol, que en el pasado ya rechazó una petición similar.
Además de Mera y Correa, la orden pesa contra su exvicepresidente Glas, María de los Angeles Duarte, Walter Solís, Vinicio Alvarado, Viviana Bonilla, Christian Viteri Alberto Hidalgo, Víctor Fontana, Edgar Salas, Ramiro Galarza, Bolívar Sánchez, Pedro Verduga, William Phillips, Leonardo Córdova, Teodoro Calle y Aateo Choi.
En cumplimiento de la orden, el Ministerio de Economía ha comenzado este jueves a tramitar la eliminación de la pensión vitalicia que recibían Correa y Glas, en calidad de exmandatarios.

Estos son los inmigrantes que no se verán afectados por la regla de carga pública si usan beneficios del Gobierno

 

WASHINGTON DC.- La regla final de Carga Pública que entró en vigor el 24 de febrero y que a finales de julio fue suspendida temporalmente por un juez federal de Nueva York, ha vuelto a ser activada tras un dictamen de la Corte de Apelaciones del 2º Circuito fechado el 11 de septiembre.

La Oficina de Ciudadanía y Servicios de Inmigración (USCIS), anunció el martes que la regla se aplicará a “todas las solicitudes y peticiones enviadas a través del sistema de correos o manera electrónica a partir del 24 de febrero de 2020”.

Y en el caso que la solicitud haya sido enviada por mensajería comercial (por ejemplo, UPS, FedEx o DHL), “utilizaremos la fecha que tiene el recibo de mensajería como la fecha del matasellos”, indicó.

 

Cambio clave

El 29 de julio la corte federal de Nueva York, en respuesta a una demanda entablada por organizaciones y varios estados gobernados por demócratas, dejó sin efecto la nueva regla de carga pública hasta que finalice la emergencia de salud por la pandemia del coronavirus.

El juez federal de distrito, George Daniels, dictaminó que los demandantes proporcionaron “amplia evidencia” de que la política disuade a los inmigrantes de buscar hacerse la prueba del covid-19, situación que podría amenazar los esfuerzos para frenar la propagación de la enfermedad.

Al quedar en suspenso la norma, la mayoría de los inmigrantes que solicitaban un beneficio migratorio, “no adjuntaban al trámite el formulario de autosuficiencia I-944”, dice José Guerrero, un abogado de inmigración que ejerce en Miami (Florida). Pero ahora que el servicio de inmigración activó “si van a tener que presentar el formulario I-944. Y aquellos que entre finales de julio y el martes no lo hicieron porque no estaba requerido, van a tener que enviarlo para que le aprueben el trámite”, advirtió.

Poderes extraordinarios

La nueva regla de carga pública, además que endurecer los requisitos para la obtención de un beneficio migratorio, también otorga más poder a los agentes de USCIS para decidir la prórroga de una estadía y, en caso de una respuesta negativa, enviar al extranjero una Notificación de Comparecencia (NTA) para que se presente ante una corte de inmigración donde deberá batallar para no ser deportado de Estados Unidos.

“Esta regla final incluye un requisito: que los extranjeros que buscan una extensión de la estadía o un cambio de estatus demuestren que no lo han hecho desde que obtuvieron el estado de no inmigrante que buscan extender o cambiar, y que tampoco recibieron beneficios públicos”, precisa.

En cuanto a las solicitudes de visa o cambio de estatus presentadas antes de la entrada en vigor de la nueva regla, el gobierno dijo que “no se verán afectadas.

 

Ni ciudadanos ni asilados

La regla final de carga pública “no establece ninguna penalidad para los ciudadanos estadounidenses que, en el pasado, el presente o en el futuro han o vayan a tramitar beneficios públicos. “Incluso si el ciudadano estadounidense está relacionado con un extranjero sujeto a la carga pública de inadmisibilidad”.

Tampoco afectará a “extranjeros de quienes el Congreso ha eximido a carga pública”, indica la norma. En esta lista se incluyen asilados, refugiados u otras poblaciones vulnerables, quienes quedan exentas de esta regla final, indica.

También incluye una serie de disposiciones especiales sobre cómo el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) considerará el recibo de beneficios públicos de ciertos miembros de las Fuerzas Armadas y sus familias, hijos adoptivos y recepción de Medicaid en ciertos contextos, especialmente de extranjeros menores de 21 años, mujeres embarazadas y mujeres hasta 60 días después de dar a luz, se lee en las descripciones del reglamento.

 

Ciertas excepciones

Habrá algunas excepciones “para ciertos servicios financiados por Medicaid bajo la Ley de Educación para Individuos con Discapacidades (IDEA) o en un entorno escolar”, añade la regla.

La USCIS dijo que “los extranjeros que pueden calificar para estas exenciones deben estudiar la norma cuidadosamente”

Los abogados consultados por Univision Noticias dijeron que “a partir de ahora y antes de iniciar un trámite de cambio de estatus o una extensión de visa, los inmigrantes legales que tengan duda deben buscar consejo legal para evitar problemas y que les nieguen el trámite”.

La regla final indica además que corresponde solo al DHS “considerar los beneficios públicos recibidos directamente por el extranjero” al momento de autorizar o aprobar una solicitud de cambio de estatus u prórroga de visa.

 

Programas que afectan

  • Prestaciones económicas por mantenimiento de los ingresos;
  • Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI);
  • Asistencia Temporal para Familias Necesitadas (TANF);
  • Asistencia de Nutrición Suplementaria Programa (SNAP);
  • La mayoría de las formas de Medicaid;
  • Sección asistencia 8 viviendas en el Programa de Vales de Elección de vivienda;
  • Sección 8 basado en un proyecto de Asistencia de Alquiler;
  • Vivienda pública subvencionada.

 

Quiénes están exentos

 

Estos son los grupos de inmigrantes a quienes no les afectará la nueva regla de carga pública y que recibieron protección de programas humanitarios autorizados por el Congreso:

  • Refugiados y asilados. (Aquellos que piden la protección del gobierno de Estados Unidos y que tienen un temor creíble de que sufrirán persecución por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un grupo social en particular u opinión política;
  • Intérpretes afgano e iraquí o ciudadanos afganos o iraquíes empleados por o en nombre de la Gobierno de Estados Unidos, de conformidad con la sección 1059(a)(2) de la Ley de Autorización de Defensa Nacional para Año fiscal 2006;
  • Cubanos y haitianosque obtuvieron ajuste de estatus bajo el amparo de la Reforma de Inmigración de la Ley de Control de 1986 (IRCA);
  • Extranjeros que solicitan ajuste de estatusde conformidad con la Ley de Ajuste Cubano;
  • Nicaragüenses y otros centroamericanosque están ajustando su estatus de conformidad con la sección 202(a) Sección 203 de la Ley NACARA;
  • Haitianosque están ajustando su estatus de conformidad con la Sección 902 de la Ley de Refugiado Haitiano de 1998;
  • Inmigrantes amparadosbajo el Programa de Jóvenes Especiales (SIJ). Ciertos menores que son elegibles para pedir la residencia legal y que han estado sujetos a un proceso judicial juvenil estatal relacionado con el abuso, negligencia, abandono u otra forma similar bajo la ley estatal;
  • Extranjeros que ingresaron a los Estados Unidos antes del 1 de enero de 1972y se encuentran y que reúnen requisitos para obtener la residencia de conformidad con el Artículo 249 de la Ley de Inmigración (INA);
  • Extranjeros que solicitan el Estatus de Protección Temporal (TPS) de conformidad con la Sección 244(c) de la Ley de Inmigración;
  • No-inmigrantes víctimas de tráficohumano que piden Visa T;
  • No-inmigramtes víctimas de crimenesque pìden la visa U.
  • Víctimas de abuso domésticopeticionario del amparo bajo la Ley VAWA;
  • Extranjeros que ajustan estatusbajo el amparo de la Ley de Autorización de la Defensa Nacional para el año fiscal 2004. (Tomado de Univisión)

 

 

Estos son los inmigrantes que no se verán afectados por la regla de carga pública si usan beneficios del Gobierno

 

WASHINGTON DC.- La regla final de Carga Pública que entró en vigor el 24 de febrero y que a finales de julio fue suspendida temporalmente por un juez federal de Nueva York, ha vuelto a ser activada tras un dictamen de la Corte de Apelaciones del 2º Circuito fechado el 11 de septiembre.

La Oficina de Ciudadanía y Servicios de Inmigración (USCIS), anunció el martes que la regla se aplicará a “todas las solicitudes y peticiones enviadas a través del sistema de correos o manera electrónica a partir del 24 de febrero de 2020”.

Y en el caso que la solicitud haya sido enviada por mensajería comercial (por ejemplo, UPS, FedEx o DHL), “utilizaremos la fecha que tiene el recibo de mensajería como la fecha del matasellos”, indicó.

 

Cambio clave

El 29 de julio la corte federal de Nueva York, en respuesta a una demanda entablada por organizaciones y varios estados gobernados por demócratas, dejó sin efecto la nueva regla de carga pública hasta que finalice la emergencia de salud por la pandemia del coronavirus.

El juez federal de distrito, George Daniels, dictaminó que los demandantes proporcionaron “amplia evidencia” de que la política disuade a los inmigrantes de buscar hacerse la prueba del covid-19, situación que podría amenazar los esfuerzos para frenar la propagación de la enfermedad.

Al quedar en suspenso la norma, la mayoría de los inmigrantes que solicitaban un beneficio migratorio, “no adjuntaban al trámite el formulario de autosuficiencia I-944”, dice José Guerrero, un abogado de inmigración que ejerce en Miami (Florida). Pero ahora que el servicio de inmigración activó “si van a tener que presentar el formulario I-944. Y aquellos que entre finales de julio y el martes no lo hicieron porque no estaba requerido, van a tener que enviarlo para que le aprueben el trámite”, advirtió.

Poderes extraordinarios

La nueva regla de carga pública, además que endurecer los requisitos para la obtención de un beneficio migratorio, también otorga más poder a los agentes de USCIS para decidir la prórroga de una estadía y, en caso de una respuesta negativa, enviar al extranjero una Notificación de Comparecencia (NTA) para que se presente ante una corte de inmigración donde deberá batallar para no ser deportado de Estados Unidos.

“Esta regla final incluye un requisito: que los extranjeros que buscan una extensión de la estadía o un cambio de estatus demuestren que no lo han hecho desde que obtuvieron el estado de no inmigrante que buscan extender o cambiar, y que tampoco recibieron beneficios públicos”, precisa.

En cuanto a las solicitudes de visa o cambio de estatus presentadas antes de la entrada en vigor de la nueva regla, el gobierno dijo que “no se verán afectadas.

 

Ni ciudadanos ni asilados

La regla final de carga pública “no establece ninguna penalidad para los ciudadanos estadounidenses que, en el pasado, el presente o en el futuro han o vayan a tramitar beneficios públicos. “Incluso si el ciudadano estadounidense está relacionado con un extranjero sujeto a la carga pública de inadmisibilidad”.

Tampoco afectará a “extranjeros de quienes el Congreso ha eximido a carga pública”, indica la norma. En esta lista se incluyen asilados, refugiados u otras poblaciones vulnerables, quienes quedan exentas de esta regla final, indica.

También incluye una serie de disposiciones especiales sobre cómo el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) considerará el recibo de beneficios públicos de ciertos miembros de las Fuerzas Armadas y sus familias, hijos adoptivos y recepción de Medicaid en ciertos contextos, especialmente de extranjeros menores de 21 años, mujeres embarazadas y mujeres hasta 60 días después de dar a luz, se lee en las descripciones del reglamento.

 

Ciertas excepciones

Habrá algunas excepciones “para ciertos servicios financiados por Medicaid bajo la Ley de Educación para Individuos con Discapacidades (IDEA) o en un entorno escolar”, añade la regla.

La USCIS dijo que “los extranjeros que pueden calificar para estas exenciones deben estudiar la norma cuidadosamente”

Los abogados consultados por Univision Noticias dijeron que “a partir de ahora y antes de iniciar un trámite de cambio de estatus o una extensión de visa, los inmigrantes legales que tengan duda deben buscar consejo legal para evitar problemas y que les nieguen el trámite”.

La regla final indica además que corresponde solo al DHS “considerar los beneficios públicos recibidos directamente por el extranjero” al momento de autorizar o aprobar una solicitud de cambio de estatus u prórroga de visa.

 

Programas que afectan

  • Prestaciones económicas por mantenimiento de los ingresos;
  • Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI);
  • Asistencia Temporal para Familias Necesitadas (TANF);
  • Asistencia de Nutrición Suplementaria Programa (SNAP);
  • La mayoría de las formas de Medicaid;
  • Sección asistencia 8 viviendas en el Programa de Vales de Elección de vivienda;
  • Sección 8 basado en un proyecto de Asistencia de Alquiler;
  • Vivienda pública subvencionada.

 

Quiénes están exentos

 

Estos son los grupos de inmigrantes a quienes no les afectará la nueva regla de carga pública y que recibieron protección de programas humanitarios autorizados por el Congreso:

  • Refugiados y asilados. (Aquellos que piden la protección del gobierno de Estados Unidos y que tienen un temor creíble de que sufrirán persecución por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un grupo social en particular u opinión política;
  • Intérpretes afgano e iraquí o ciudadanos afganos o iraquíes empleados por o en nombre de la Gobierno de Estados Unidos, de conformidad con la sección 1059(a)(2) de la Ley de Autorización de Defensa Nacional para Año fiscal 2006;
  • Cubanos y haitianosque obtuvieron ajuste de estatus bajo el amparo de la Reforma de Inmigración de la Ley de Control de 1986 (IRCA);
  • Extranjeros que solicitan ajuste de estatusde conformidad con la Ley de Ajuste Cubano;
  • Nicaragüenses y otros centroamericanosque están ajustando su estatus de conformidad con la sección 202(a) Sección 203 de la Ley NACARA;
  • Haitianosque están ajustando su estatus de conformidad con la Sección 902 de la Ley de Refugiado Haitiano de 1998;
  • Inmigrantes amparadosbajo el Programa de Jóvenes Especiales (SIJ). Ciertos menores que son elegibles para pedir la residencia legal y que han estado sujetos a un proceso judicial juvenil estatal relacionado con el abuso, negligencia, abandono u otra forma similar bajo la ley estatal;
  • Extranjeros que ingresaron a los Estados Unidos antes del 1 de enero de 1972y se encuentran y que reúnen requisitos para obtener la residencia de conformidad con el Artículo 249 de la Ley de Inmigración (INA);
  • Extranjeros que solicitan el Estatus de Protección Temporal (TPS) de conformidad con la Sección 244(c) de la Ley de Inmigración;
  • No-inmigrantes víctimas de tráficohumano que piden Visa T;
  • No-inmigramtes víctimas de crimenesque pìden la visa U.
  • Víctimas de abuso domésticopeticionario del amparo bajo la Ley VAWA;
  • Extranjeros que ajustan estatusbajo el amparo de la Ley de Autorización de la Defensa Nacional para el año fiscal 2004. (Tomado de Univisión)

 

 

Las cifras finales del fichaje de Luis Suárez por el Atlético

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Ya es oficial. Se realizó en la madrugada de este jueves. Nos referimos al acuerdo alcanzado para traspasar al delantero internacional uruguayo Luis Suárez al Atlético de Madrid. Una operación por 6 millones de euros en variables. El contrato para el jugador uruguayo es de dos temporadas. El futbolista cobrará finalmente 7,5 millones de euros netos por temporada.

El conjunto rojiblanco publicó de forma simultánea al anuncio del Barcelona un comunicado en el que matizó que el acuerdo con el conjunto catalán está “condicionado al correspondiente reconocimiento médico y al acuerdo y formalización posterior del nuevo contrato” del delantero uruguayo con el club rojiblanco. Una formalidad en este tipo de situaciones.

Suárez se marcha del conjunto azulgrana, tras seis temporadas, como tercer máximo goleador de la historia del club (198 tantos) y trece títulos en su palmarés: 1 Liga de Campeones, 1 Mundial de Clubes, 1 Supercopa de Europa, 4 Ligas, 4 Copas del Rey y 2 Supercopas de España.

TERCER FICHAJE

El atacante uruguayo de 33 años se convertirá, así, en el segundo fichaje del Atlético para la próxima temporada, junto al portero croata Ivo Grbic, fichado del Lokomotiva Zagreb croata, además de haber fichado en propiedad al belga Yannick Carrasco, que los seis meses anteriores estuvo como cedido por el Dalian chino.

Luis Suárez cubrirá el hueco del madrileño Álvaro Morata , cedido al Juventus de Turín italiano por una temporada a cambio de 10 millones de euros y con la posibilidad de una opción de compra por 45 o una nueva cesión al término de la presente campaña con posibilidad de traspaso al curso siguiente.

El Atlético obtiene con este fichaje al delantero contrastado y con una cifra de goles consistente durante las últimas temporadas que deseaba para reforzar su plantilla, un jugador que de azulgrana ha marcado 198 goles en 283 partidos.

Las cifras finales del fichaje de Luis Suárez por el Atlético

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Ya es oficial. Se realizó en la madrugada de este jueves. Nos referimos al acuerdo alcanzado para traspasar al delantero internacional uruguayo Luis Suárez al Atlético de Madrid. Una operación por 6 millones de euros en variables. El contrato para el jugador uruguayo es de dos temporadas. El futbolista cobrará finalmente 7,5 millones de euros netos por temporada.

El conjunto rojiblanco publicó de forma simultánea al anuncio del Barcelona un comunicado en el que matizó que el acuerdo con el conjunto catalán está “condicionado al correspondiente reconocimiento médico y al acuerdo y formalización posterior del nuevo contrato” del delantero uruguayo con el club rojiblanco. Una formalidad en este tipo de situaciones.

Suárez se marcha del conjunto azulgrana, tras seis temporadas, como tercer máximo goleador de la historia del club (198 tantos) y trece títulos en su palmarés: 1 Liga de Campeones, 1 Mundial de Clubes, 1 Supercopa de Europa, 4 Ligas, 4 Copas del Rey y 2 Supercopas de España.

TERCER FICHAJE

El atacante uruguayo de 33 años se convertirá, así, en el segundo fichaje del Atlético para la próxima temporada, junto al portero croata Ivo Grbic, fichado del Lokomotiva Zagreb croata, además de haber fichado en propiedad al belga Yannick Carrasco, que los seis meses anteriores estuvo como cedido por el Dalian chino.

Luis Suárez cubrirá el hueco del madrileño Álvaro Morata , cedido al Juventus de Turín italiano por una temporada a cambio de 10 millones de euros y con la posibilidad de una opción de compra por 45 o una nueva cesión al término de la presente campaña con posibilidad de traspaso al curso siguiente.

El Atlético obtiene con este fichaje al delantero contrastado y con una cifra de goles consistente durante las últimas temporadas que deseaba para reforzar su plantilla, un jugador que de azulgrana ha marcado 198 goles en 283 partidos.

Sentenciado por atropellamiento fatal

Glen Robinson, de 26 años, admitió en enero pasado haber conducido en estado de ebriedad y haber matado a Susan Benjamin-Bailey, residente del Bronx de 57 años. Fue sentenciado de dos a seis años de prisión.

WHITE PLAINS.- Un hombre de Elmsford pasará de dos a seis años tras las rejas por golpear y matar a una mujer con su automóvil frente al Westchester County Center, en un hecho ocurrido el año pasado.

Las autoridades informaron que Glen Robinson, de 26 años, admitió en enero pasado haber conducido en estado de ebriedad y haber matado a Susan Benjamin-Bailey, residente del Bronx de 57 años, el 24 de agosto de 2019, alrededor de las 6:30 de la mañana. .

Benjamin-Bailey iba caminando al trabajo cuando Robinson la chocó con su auto y luego se estrelló contra la torre del reloj afuera del Westchester County Center.A la víctima la llevaron al Hospital de White Plains, donde murió.

En la audiencia de sentencia, la familia de la víctima subió al podio expresando su enojo y dolor.

La hija mayor de Benjamin-Bailey, Kemisha Kelly, fue una de las que habló con pasión.

“Siento que estoy a punto de explotar cuando pienso en que ella ya no está con nosotros. Me entumezco todos los días. Grito su nombre cada vez que lloro por ella”, manifestó Kemisha.

Robinson se disculpó por sus acciones y pidió perdón a la familia.

Además, perdió su licencia de conducir de por vida como parte de la sentencia.

 

 

Sentenciado por atropellamiento fatal

Glen Robinson, de 26 años, admitió en enero pasado haber conducido en estado de ebriedad y haber matado a Susan Benjamin-Bailey, residente del Bronx de 57 años. Fue sentenciado de dos a seis años de prisión.

WHITE PLAINS.- Un hombre de Elmsford pasará de dos a seis años tras las rejas por golpear y matar a una mujer con su automóvil frente al Westchester County Center, en un hecho ocurrido el año pasado.

Las autoridades informaron que Glen Robinson, de 26 años, admitió en enero pasado haber conducido en estado de ebriedad y haber matado a Susan Benjamin-Bailey, residente del Bronx de 57 años, el 24 de agosto de 2019, alrededor de las 6:30 de la mañana. .

Benjamin-Bailey iba caminando al trabajo cuando Robinson la chocó con su auto y luego se estrelló contra la torre del reloj afuera del Westchester County Center.A la víctima la llevaron al Hospital de White Plains, donde murió.

En la audiencia de sentencia, la familia de la víctima subió al podio expresando su enojo y dolor.

La hija mayor de Benjamin-Bailey, Kemisha Kelly, fue una de las que habló con pasión.

“Siento que estoy a punto de explotar cuando pienso en que ella ya no está con nosotros. Me entumezco todos los días. Grito su nombre cada vez que lloro por ella”, manifestó Kemisha.

Robinson se disculpó por sus acciones y pidió perdón a la familia.

Además, perdió su licencia de conducir de por vida como parte de la sentencia.

 

 

Dan luz verde a pruebas de COVID-19 a través de saliva

Una prueba de COVID-19 desarrollada por SUNY Upstate Medical Center ha sido aprobada para uso de emergencia por la U.S. Food and Drug Administration (FDA). Se pueden realizar utilizando hisopos de saliva en lugar de hisopos insertados en la nariz de una persona.

Las pruebas aprobadas se pueden realizar utilizando hisopos de saliva en lugar de hisopos insertados en la nariz de una persona

NUEVA YORK.- El gobernador Andrew Cuomo informó que una prueba de COVID-19 desarrollada por SUNY Upstate Medical Center ha sido aprobada para uso de emergencia por la U.S. Food and Drug Administration (FDA).

La Universidad Estatal de Nueva York (SUNY) ha utilizado la prueba de hisopado de saliva individual para evaluar a los estudiantes en todos sus campus.

Esta prueba difiere de las pruebas de frotis nasales porque las personas pueden hacerse la prueba por sí mismas frotándose la boca con tiras de saliva.

La aprobación de la prueba por parte de la FDA también permitirá que otros laboratorios, tanto en Nueva York como en todo el país, realicen pruebas a pacientes con este método.

SUNY Upstate ha desarrollado aún más los tests en pruebas de grupo, lo que permite analizar entre 10 y 25 pruebas a la vez. Si el grupo da positivo, la nueva tecnología permite una rápida localización de la prueba positiva en el lote.

“Desde el comienzo de la crisis de COVID-19, ha quedado claro que las pruebas son una de las herramientas más críticas que tenemos para frenar la propagación. Cuanto más pruebas se realicen, más precisa es una imagen de los casos del Estado”, manifestó Cuomo.

“Este es un ejemplo perfecto de cómo el enfoque de Nueva York de asociar a las instituciones estatales con el sector privado está pagando dividendos y nos ayuda a combatir la pandemia. Quiero agradecer al talentoso equipo de SUNY que produjo esta solución simple, rápida y efectiva para realizar más pruebas más rápido. Nos complace verlo aprobado por la FDA y esperamos su uso en Nueva York y más allá”, indicó el funcionario.

Por su parte, el canciller de SUNY, Jim Malatras, comentó que “la aprobación de la FDA de esta revolucionaria prueba de COVID-19 demuestra el ingenio de la Universidad Estatal de Nueva York para resolver problemas urgentes”.

Agregó que con esta aprobación, la innovación desarrollada por Upstate Medical y Quadrant Biosciences será apalancado a escala nacional. Este protocolo de prueba rápido y no invasivo, que ya ha aumentado la capacidad de prueba de SUNY a 120 mil pruebas por semana, ahora ayudará a las comunidades de todo el país a identificar y contener mejor el COVID-19”.

Las pruebas aprobadas se pueden realizar utilizando hisopos de saliva en lugar de hisopos insertados en la nariz de una persona.

Las personas se administran las pruebas por sí mismas, se frotan la boca y proporcionan las muestras de saliva, que actualmente se procesan en el laboratorio de SUNY Upstate Medical Center.

En agosto, el Departamento de Salud del Estado de Nueva York otorgó la aprobación para que SUNY Upstate usara la prueba con fines de vigilancia en el cuerpo estudiantil de SUNY.

Con la autorización de la FDA, esta nueva e innovadora prueba ahora estará disponible para su uso en todo el estado de Nueva York y el resto de los Estados Unidos, en laboratorios clínicos de alta complejidad que atienden a pacientes en consultorios médicos, clínicas de atención de urgencia y hospitales.