Cómo recibir compensación si es víctima de un delito

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NORWALK.- El Programa de Compensación para Víctimas, de la Oficina de Servicios a las Víctimas (OVS) ofrece ayuda económica a las víctimas de delitos, miembros de su familia y otras personas que hayan sufrido pérdidas económicas a raíz de un delito.
El programa de Compensación para Victima de Delitos de Connecticut recibe dinero del Fondo para la Compensación de Lesiones Causadas por Delitos (CICF), que proviene de las tarifas y las multas pagadas por acusados y convictos. Además, recibe fondos federales del Programa de Subvención auspiciado por el Programa de Compensación de Víctimas, la Ley para Víctimas del Delito y la Oficina para Víctimas del Delito, que forma parte del Departamento de Justicia de los Estados Unidos.

¿Quién puede recibir compensación (dinero)?

Las personas que pueden recibir compensación son las víctimas que sufrieron lesiones físicas, las personas que sufrieron lesiones emocionales por amenazas de lesiones o muerte y recibieron tratamiento.
Entre estos delitos se incluyen por ejemplo, el robo, secuestro, la pornografía infantil, la difusión ilícita de imágenes íntimas, voyeurismo (observar, fotografiar o grabar a otro sin su conocimiento o consentimiento), el acoso, agresión sexual y la trata de personas.
Asimismo, las personas que pueden recibir compensación se incluyen a los niños que presencian la violencia intrafamiliar, las personas que la víctima tenía a su cargo o la persona designada legalmente para tomar decisiones en nombre de la víctima de un homicidio.
Además, pueden recibir compensación los familiares de víctimas de agresión
sexual, violencia intrafamiliar, abuso infantil u homicidio, las personas que hubieran pagado en su totalidad o parcialmente los gastos del
funeral y las personas que hubieran cuidado a una víctima con lesiones.
De igual manera, puede recibir compensación la persona que pagó en su totalidad o parcialmente los gastos de la limpieza del lugar de los hechos y las ersonas con alguna discapacidad cuyo animal de servicio hubiera resultado herido o muerto durante la perpetración de un delito.
Se denomina como pariente de una persona a el cónyuge, el padre o madre, abuelos, padrastro o madrastra, hijos (biológicos, hijastros, e hijos adoptivos; nietos, hermanos, hermanastros y suegros).

Requisitos para recibir compensación

Para recibir la compensación, la persona debe demostrar que sufrió lesiones en el momento de cometerse el delito o mientras ayudaba a la policía durante el transcurso del mismo.
Asimismo, debe residir en Connecticut y demostrar que el delito ocurrió en el Estado, o sí el delito se cometió en un país que no cuenta con un programa de compensación para víctimas para el que reunía los requisitos y fue víctima de terrorismo internacional, o víctima de un delito por el cual podría reunir los requisitos para recibir compensación del estado de Connecticut en calidad de víctima.
El delito debe reportado a la policía dentro de los 5 días después de haberse perpetrado si la persona fue víctima de una agresión sexual, abuso infantil o de trata de humanos y comunicó dicha agresión a ciertos profesionales médicos o de salud mental, empleados de su escuela, intercesores de víctimas o fue a un centro médico para someterse a un reconocimiento médico y se recolectaron
pruebas, o bien, un juez expidió una orden de restricción o de protección en lo civil a su favor.
Si la persona fue víctima de violencia intrafamiliar y le comunicó ese hecho a un consejero de violencia intrafamiliar o agresión sexual o un juez expidió una orden de restricción o de protección en lo civil a su favor, está calificada para recibir compensación.
Si la persona presentó la solicitud en un plazo máximo de 2 años después de que se produjeran las lesiones físicas o daño emocional o el fallecimiento (existe un formulario de exención disponible) o si está cooperando con la investigación policial y está cooperando con el Programa de Compensación para Víctimas, también puede recibir compensación.

¿Qué hacer para recibir una solicitud de compensación?

Para recibir una solicitud de compensación, las personas pueden llamar gratuitamente al programa de compensación al 1-888-286-7347, o enviar
un mensaje por correo electrónico a OVSCompensation@jud.ct.gov o visitar la web de la OVS en www.jud.ct.gov/crimevictim o en www.jud.ct.gov/Publications/Spanish/vs010s.pdf.

PARA SABER
Para mayor información sobre el programa de Compensación a las Víctimas, pueden ingresar a la web www. jud.ct.gov/crimevictim y observar los videos informativos del sitio.

PIE DE FOTO
La Oficina de Servicios a las Víctimas (OVS), a través de su Programa de Compensación para Víctimas, ofrece ayuda económica a las víctimas de delitos, miembros de su familia y otras personas que hayan sufrido pérdidas económicas a raíz de un delito.

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