HARTFORD. – El gobernador Ned Lamont firmó una ley que extiende por otros dos años las disposiciones relajadas de servicios de telesalud que promulgó previamente, a través de una orden ejecutiva de emergencia debido a la pandemia de COVID-19.
Los servicios de telesalud son aquellos que permiten a los proveedores de atención médica interactuar con los pacientes, incluidos aquellos con cobertura de Medicaid, mediante el uso de métodos electrónicos, como videoconferencias y teléfonos, sin necesidad de reunirse en persona.
Cuando comenzó la pandemia en marzo de 2020, el gobernador Lamont reconoció de inmediato la necesidad de fomentar el uso de la telesalud y emitió la Orden Ejecutiva 7G, que utilizó la autoridad de emergencia que se le otorgó para relajar temporalmente ciertas leyes estatales que regulan estos servicios, permitiendo así que más pacientes utilicen la telesalud.
La legislación que el gobernador Lamont firmó, el HB 5596, permite que las reglas relajadas promulgadas a través de su orden ejecutiva permanezcan vigentes hasta al menos el 30 de junio de 2023.
“A lo largo del año pasado, los pacientes de Connecticut han descubierto que conectarse con sus proveedores médicos a través de videoconferencia o teléfono ha sido increíblemente beneficioso y práctico por una amplia variedad de razones, por lo que tiene absolutamente sentido permitir que estos servicios continúen”, manifestó el Gobernador.
“Facilitar que las personas se conecten con sus médicos o asesores médicos es un objetivo que debemos esforzarnos por alcanzar. Agradezco a la legislatura estatal por reconocer los beneficios de la orden ejecutiva de emergencia que firmé al comienzo de la pandemia, y agradezco su cooperación bipartidista en la aprobación de esta legislación para poder firmarla y estas reglas relajadas de telesalud pueden continuar”, agregó Lamont.
Los servicios extendidos incluyen:
– Permite que tipos ampliados de proveedores y profesiones con licencia brinden servicios de telesalud, como dentistas, analistas del comportamiento, musicoterapeutas, terapeutas de arte, asistencia médica, asistencia de fisioterapeuta y asistentes de terapia ocupacional.
– Permite el uso de servicios de telesalud solo por audio sin requerir video.
– Permite que los proveedores con licencia en otros estados brinden servicios de telesalud a los residentes de Connecticut siempre que tengan la cobertura mínima de seguro de responsabilidad profesional.
